
xoves, 6 de febreiro de 2020
domingo, 2 de febreiro de 2020
venres, 31 de xaneiro de 2020
MATERIA DE
EXAMEN
Del tema 1 solo la siguiente pregunta:
1.- DIVISIÓN DE PODERES: LEGISLATIVO,
EJECUTIVO Y JUDICIAL. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
La
Constitución de 1978 configura un sistema político basado en la división entre
los poderes legislativo (título III, arts. 66 a 96), ejecutivo (título IV,
arts. 97 a 107) y judicial (título VI, arts. 117 a 127).
El
poder legislativo tiene como funciones principales la aprobación de las leyes y
el control del Gobierno. Está formado por las Cortes Generales (Congreso y
Senado), que elaboran las leyes estatales, y por los parlamentos de las Comunidades
Autónomas, que elaboran las leyes autonómicas. Aunque no reciben el nombre de
leyes, las ordenanzas elaboradas por las corporaciones municipales tienen los
mismos rasgos esenciales y pueden considerarse el poder legislativo del
municipio.
Estas
cámaras legislativas se caracterizan porque sus miembros se eligen por sufragio
universal en unas elecciones generales, autonómicas o municipales. Rige el
principio democrático en el sentido de que los autores de las leyes son elegidos
por el pueblo.
El
poder ejecutivo se ejerce por los gobiernos. Su función principal, además de
dirigir la política interior y exterior, es la aplicación -la ejecución- de las
leyes. Las cámaras legislativas eligen a una persona para que forme un gobierno
(p. ej., Núñez Feijoo, Pedro Sánchez). El presidente del gobierno elige a su
vez a unas personas de su confianza para que se encarguen de la ejecución de
las leyes en un ramo determinado, como las relativas a la sanidad o a la
economía. Estos son los ministros o los conselleiros. El presidente, los
vicepresidentes y sus ministros forman un órgano que es el Consejo de Ministros
o el Consello da Xunta. Cada ministro y cada conselleiro nombran a personas de
su confianza para el desarrollo de sus funciones, como los secretarios de
Estado o los directores generales. En un sentido amplio todos ellos conforman
el gobierno y se caracterizan porque a partir del presidente son cargos de
designación política.
Para
el cumplimiento de su función el gobierno tiene a su servicio los medios
materiales y humanos (los empleados públicos) que conforman la Administración
Pública.
La
ejecución de las leyes suele requerir la elaboración de otras normas jurídicas
de desarrollo que reciben el nombre de reglamentos. P. ej., un real decreto o
una orden ministerial. Como rige el principio de jerarquía normativa (art. 9.3
CE), la norma inferior tiene que respetar lo dispuesto en la superior. En otro
caso puede impugnarse ante los tribunales y declararse nula en todo o en parte.
No todas las leyes requieren del reglamento para su aplicación. P. ej., en
materia penal rige el principio de legalidad y el Código Penal, que es una ley,
se aplica directamente.
El
poder judicial está formado por los juzgados y tribunales. Los juzgados son
órganos unipersonales dirigidos por un juez y los tribunales órganos pluripersonales
compuestos por magistrados que deciden por mayoría. Su función es resolver las
controversias que se les planteen aplicando las normas jurídicas.
La
organización judicial básica consta de una primera instancia (juzgado
normalmente), la segunda instancia o apelación[1]
(tribunal) y la casación (Tribunal Supremo).
El
órgano de gobierno de los jueces y magistrados es el Consejo General del Poder
Judicial.
El Tribunal
Constitucional es un órgano constitucional independiente del poder judicial. Está
compuesto por 12 miembros nombrados 4 a propuesta del Congreso por mayoría de
tres quintos; 4 a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; 2 a propuesta del
Gobierno, y 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial (art. 159.1
CE).
El
Tribunal Constitucional es competente para conocer:
a) Del
recurso de inconstitucionalidad contra leyes,
b) Del
recurso de amparo por violación de los derechos y libertades reconocidos en los
arts. 14 a 29 y la objeción de conciencia del art. 30 CE,
c) De los
conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los
de estas entre sí,
d)
Otras atribuciones establecidas por ley orgánica. Además, si un órgano judicial
considera que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez
dependa el fallo, puede ser contraria a la Constitución puede plantear una
cuestión de inconstitucionalidad ante el TC (art. 163 CE).
La
legitimación para interponer el recurso de inconstitucionalidad está
restringida al Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados,
50 senadores, los gobiernos autonómicos y, en su caso, los parlamentos autonómicos.
El recurso de amparo lo puede interponer cualquier persona natural o jurídica
que invoque un interés legítimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal
(art. 162 CE).
Del tema 3 solo la siguiente pregunta:
1.1. OFICIOS RELACIONADOS CON LA
JUSTICIA
En
general el juez es el encargado de un juzgado, que es un órgano unipersonal. El
tribunal es un órgano formado por varios miembros que deciden por mayoría, y
suelen llamarse magistrados.
El
árbitro es la persona que en un procedimiento conoce de una controversia entre
varias partes y dicta un laudo que es obligatorio y ejecutable. Se diferencia
del procedimiento judicial en que las partes tienen que someterse
voluntariamente al arbitraje. Los árbitros pueden decidir, según el caso,
conforme a Derecho o en equidad. Está regulado en la Ley 60/2003 de Arbitraje.
El
mediador es una persona elegida voluntariamente por las partes para que
desarrolle un proceso de negociación a fin de alcanzar un acuerdo. El mediador
no puede imponer una decisión para resolver la controversia, a diferencia de lo
que sucede con los jueces y los árbitros. Los acuerdos de mediación en asuntos
civiles elevados a escritura pública son ejecutables (art. 517.2.2.º LEC). La
Ley 36/2011 de la Jurisdicción Social establece medidas sobre conciliación,
mediación y arbitraje para la evitación del proceso judicial (arts. 63 y ss.).
El
letrado de la Administración de Justicia (antiguo secretario judicial) es un
auxiliar del juez que realiza actos procesales. Le corresponde en exclusiva la
función de dar fe pública procesal por lo que deja constancia de actos y hechos
con trascendencia procesal mediante actas y diligencias (art. 453 de la Ley
Orgánica 5/1985 del Poder Judicial). El resto del personal de la Administración
de Justicia no realiza actos procesales, no ejerce la jurisdicción, sino que
realiza funciones administrativas (agentes judiciales, auxiliares de
justicia…).
El
fiscal es un funcionario que tiene por función promover la acción de la
justicia en defensa de la legalidad. Por ejemplo, para el esclarecimiento de
hechos delictivos o para la protección de los menores en los procesos de
separación o divorcio de sus padres. Actúa de oficio o a petición de los
interesados (art. 541 LOPJ).
El
procurador de los tribunales representa a la parte en el proceso. La ley lo
exige en la mayoría de los procesos judiciales como garantía de que la parte no
pierde ninguna oportunidad de defender sus intereses por desconocimiento del
proceso judicial y del lenguaje jurídico. Se encarga principalmente de
comunicar las resoluciones judiciales al abogado y de presentar en el juzgado
los escritos del abogado.
El
abogado es el graduado en Derecho que dirige la estrategia de defensa de los
intereses del cliente. Redacta los escritos y defiende verbalmente al cliente
en los tribunales. El abogado de oficio es el que está retribuido por la
Administración e interviene en defecto de abogado profesional. La intervención
del abogado es preceptiva salvo, principalmente, en los juicios verbales cuya
cuantía no exceda los 2.000 € (cfr. art. 31 LEC).
El
notario es un funcionario que da fe pública de hechos, actos y negocios
jurídicos. La ley obliga a documentar algunos actos y negocios en escritura
pública como requisito de validez o para producir otros efectos con el fin de garantizar
la supervisión de un notario. Por ejemplo, como decimos, para que un acuerdo de
mediación en materia civil sea directamente ejecutable ha de elevarse a
escritura pública (art. 517.2.2.º LEC).
El
registrador es el encargado de verificar que los documentos que se pretende que
accedan al registro sean conformes a la ley. Los registros pueden ser de cosas
(ej., Registro de la Propiedad) o de personas (ej., Registro Civil). Los
registros dan fe de los hechos y actos que publican para información y
seguridad de los interesados.
xoves, 30 de xaneiro de 2020
Concepción Arenal, la ensayista que se vistió de hombre y desafió a su época
En el bicentenario del nacimiento de la ensayista y penalista varias publicaciones recuerdan su obra (dispersa) feminista y en defensa de los presos
Concepción Arenal, penalista, ensayista y editorialista autodidacta a pesar de la ley, a pesar de los tiempos. Prefirió los libros de filosofía a aprender en el colegio las maneras sociales que se le presuponían a una mujer del siglo XIX. Se vistió de hombre para acudir a la Universidad. Abogó por el sacerdocio femenino. Defendió una apariencia austera y sencilla antes que Coco Chanel. Se enfrentó a “las mujeres del hogar” de su generación. Pero su prédica, como dijo de ella la escritora Emilia Pardo Bazán, la escucharon solo unos pocos. En el bicentenario de su nacimiento (1820-2020) -y desde hace menos de un lustro- las editoriales recuperan su obra (dispersa) porque las estatuas, instituciones culturales y plazas con su nombre no han sido suficientes para darle eco a su legado.
“En 1869 Arenal ya era una mujer conocida en los círculos políticos e intelectuales. A punto de cumplir 50 años había publicado algunas obras importantes. Las más relevantes en su trayectoria estaban por publicar”, escribe Anna Caballé en el prólogo de La mujer del porvenir (Nórdica), el libro que recupera La mujer del porvenir y La mujer de su casa dos de sus ensayos en los refleja su pionero ideario feminista. La historiadora consiguió el Premio Nacional de Historia por la biografía, Concepción Arenal, la caminante (Taurus) en 2019.

“Prefiere el concepto de mujer de casa a ‘ángel del hogar’ que describe la realidad sin falsos velos”, explica la experta en las primeras páginas del libro. “Un concepto falto totalmente de prestigio. Que una mujer ejerza como mujer de su casa no es nada, es menos que nada y para nadie significa nada. Es como si, entregándose al cuidado del hogar, cumpliera con una labor consuetudinaria que a nadie merece una mirada de respeto, pero de la que no se puede prescindir. A partir de aquí vienen todos los males”, se lee en el trabajo de Arenal que clamó: “El hombre no progresará si deja a la mujer estacionaria”.
Los primeros años de vida de la autora marcarían los textos que luego escribiría. Su infancia estuvo atravesada por la muerte de su padre cuando ella tenía nueve años, un militar condenado por su ideología liberal del que heredó su obstinación por defender lo que consideraba justo. La relación opuesta a la que mantuvo con su madre, la que le obligó a ir a un colegio que no quería y la que le inculcó una estricta educación religiosa presente en toda su vida.
A través de los libros de filosofía y ciencias sociales que fue rescatando de bibliotecas familiares comenzó desde la adolescencia una carrera autodidacta que la llevó a la Universidad Central de Madrid. Llegó a la facultad de Derecho con el pelo corto -solía recogérselo en un moño bajo- y ropas de hombre: levita, capa y sombrero de copa. “El raro”, “el provinciano”, “el excéntrico”, señalaron sus compañeros, todos hombres, las mujeres no tenían derecho a asistir a la universidad.

La pillaron. Llegó a un acuerdo y siguió como oyente. Nunca consiguió el título oficial de penalista, un papel que no le impidió convertirse en la primera visitadora de prisiones de mujeres con 44 años. El trabajo le duró dos años, el tiempo en que tardó en reclamar una reforma del Código Penal en el ensayo Cartas a las delincuentes y de defender que las cárceles cumplieran una función de reinserción con el lema: “Abrid escuelas y se cerrarán cárceles”. Parte de esta etapa aparece en Concepción Arenal. Reformadora moral y socialque publica Paraninfo centrada en “su particular ética de la compasión como pilar de la intervención social”.
Arenal conoció en la Universidad a Fernando García Carrasco, su marido, 15 años mayor, con el que acordó un matrimonio igualitario. Sin restricciones físicas ni mentales entre los muros de una casa. Acudían juntos, vestidos de hombre, a charlas y tertulias. Compartían sus reflexiones -no la autoría- en editoriales del periódico liberal La Iberia. La muerte de su esposo fue el final de su trabajo en la publicación: en 1857 una ley del Gobierno de Cándido Nocedal (1856) promulga una ley que obliga a firmar todos los artículos en prensa y, una vez más, Arenal, mujer, no pudo continuar con su cometido.
En el prólogo de La mujer del porvenir, Caballé recuerda cómo Concepción Arenal fue capaz de ir cambiando sus ideas según acumulaba conocimiento. “El contacto con el sufragismo anglosajón hace que ya no desdeñe la condición política del sujeto femenino. Se da cuenta de su error anterior y todo su ensayo se centrará en la deconstrucción de un mito, el del ideal doméstico como principal responsable de la marginación social y moral de la mujer”, recoge la experta.
Arenal fue capaz de contradecir a su época y a su cabeza. Aún así, sus coetáneas arrojaron el descrédito sobre ella. “Solo veían excentricidad, locura o vanas pretensiones de reconocimiento”, resume Caballé.
sábado, 25 de xaneiro de 2020
FITUR 2020
Pola parte que nos toca ós de Palmeira. Fermosas imaxes
.https://www.facebook.com/arousanorte/videos/220419502309150/
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O cagón
Comecemos por observar todo o que nos rodea, preguntémonos cousas e ao mellor algún dia saberemos quen somos, de onde vimos e a onde inconmensurablemente iremos.
https://www.gciencia.com/mar/cagon-vermes-area-mar/?fbclid=IwAR1R3eyrj2lc_0ISXmEeZflmIKFL4pRFBCb_XIMo2Wt08BZ4WVV0DYqx2tA
https://www.gciencia.com/mar/cagon-vermes-area-mar/?fbclid=IwAR1R3eyrj2lc_0ISXmEeZflmIKFL4pRFBCb_XIMo2Wt08BZ4WVV0DYqx2tA
xoves, 23 de xaneiro de 2020
Xavier Dolan, cineasta comprometido
O canadense Xavier Dolan, posiblemente un dos mellores cineastas da actualidade, regálanos esta marabilla de videoclip coa que algúns alumnos de moitos colexios sentirán unha certa identificación.
Do mesmo realizador non vos perder esta outra xenialidade https://es.wikipedia.org/wiki/Mommy_(película_de_2014)
Cronopio
O día que afundiu o Prestige nacía un can do que me quedará o mellor recordo que de un animal de compañía pode quedar. Circunstancialmente fóiseme no aniversario daquelas nefastas datas deste pasado 2019, velliño e tan cariñoso e fiel como o fora sempre. Chamábase "Cronopio" e estes parágrafos van por el.
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